Conforme a la sección 379.352 F.S.: Cada solicitante de una licencia, permiso o número de autorización para actividades recreacionales deberá proporcionar su número de seguro social. La divulgación de los números de seguro social obtenidos a través de este requerimiento se limitará a los fines administrativos del Título IV-D, programa para el cumplimiento de la pensión alimenticia. Esta información no se entregará a terceros ni a otras agencias gubernamentales a menos que así lo requiera la ley estatal o federal. Tenga en cuenta que la ley de registro público exige que toda la información (excepto los números de seguro social y de tarjeta de crédito) que se recibe en relación con negocios del estado quede a disposición de cualquier persona que la solicite, a menos que la información esté sujeta a una excepción legal. Formulario de solicitud para la exención del registro público
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